Cuando decidimos irnos a vivir a un piso de alquiler, es porque este satisface todas nuestras necesidades. La ilusión que nos invade los primeros días al estar habitando nuestra nueva casa, puede desaparecer, drásticamente, cuando descubrimos el tipo de vecinos que tenemos. Sobre todo, si estos son muy molestos y ruidosos.
La primera idea que se nos viene a la cabeza en estas situaciones es la de, si lo llego a saber, no lo alquilo. Para que no llegues a pensar esto, desde Dr. House queremos aconsejarte qué puedes hacer para que no termines mudándote.
Para empezar, debemos de tener claro qué es lo que se considera como ruido excesivo. Según en la localidad donde residas, o en la comunidad autónoma donde te encuentres, existen normativas que hacen que nadie se vea obligado a tener que soportar ruidos que excedan los máximos establecidos. De normal, se consideran que estos no pueden superar los 30 decibelios en el horario nocturno. Aunque debamos de ser pacientes debido a que, cuando vivimos en una comunidad de vecinos, es posible que se haga un poco más de ruido de lo normal, solo tenemos que tolerarlo hasta ciertos límites.
Nosotros, como inquilinos, cuando nos vemos en estas situaciones, lo primero que debemos hacer es comentarlo automáticamente al propietario. Este deberá hacer llegar la queja para al presidente de la comunidad de vecinos. Dicha persona deberá ponerse en contacto con el vecino ruidoso y advertirle de esta situación. Si este no cambiase en su actitud, se solicitaría, en el ayuntamiento de nuestra localidad, la normativa referente a este tipo de situaciones para poder presentarla como alegato cuando llamemos a la policía local.
Si el ruido que tanto nos molesta es debido a cualquier elemento del edificio, como pueden ser los ascensores, las puertas de garajes, o los aparatos de aire acondicionado, debemos de hablar tanto con el presidente de la comunidad, como con el administrador de fincas, si lo hubiese. La comunidad de propietarios debe de asumir todas las obras que sean necesaria para la buena conservación del edificio. Por lo que tendrá que hacerse cargo de dichas molestias.