En Dr. House, sabemos que nuestra ciudad enamora a cualquiera que venga a ella. Tenemos un clima, una gastronomía y una cultura que resultan muy atrayentes para nuestros visitantes. Además, no hay que olvidar que Barcelona es una de las ciudades más cosmopolita que existe, gracias a la diversidad cultural, religiosa y racial que mora en ella. Todo lo cual provoca que nos enriquezcamos continuamente y generemos avances sociales y culturales que se generalizan, con posterioridad, a otros territorios.
Tales circunstancias provocan que, muchos de los extranjeros que visitan la ciudad, queden totalmente embelesados por ella. Razón por la que, tras acabar el periodo vacacional por el que se desplazaron, desean permanecer en nuestra tierra durante más tiempo. Dada la habitualidad de esta situación, queremos exponerte qué debes hacer para poder permanecer aquí.
Lo primero que debes saber es que, como turista, puedes permanecer como máximo tres meses en el territorio. No obstante, si deseas quedarte, deberemos analizar qué documento te ha permitido la entrada. En el caso de que lo hayas hecho utilizando un visado, si la duración de este es inferior a tres meses, se podrá solicitar una ampliación que no será superior a seis meses. En el caso de que no tengas el visado, se podrá prorrogar tu estancia hasta un tiempo no determinado cuando concurran “causas excepcionales”. No obstante, no existe un listado de lo que se puede considerar una causa excepcional; si bien cualquier argumentación que desees presentar, debe ir apoyada documentalmente para poder estudiarse.
Para solicitar una ampliación de tu estancia, deberás presentar toda la documentación mientras tenga vigencia el visado o antes de que se cumplan tres meses de tu llegada. En el caso de que te la denegaran, tendrás un plazo de 72 horas para abandonar el país.
En general, a la hora de solicitar un permiso de residencia o de trabajo, resulta fundamental que la persona solicitante no se encuentre en el país de manera irregular. También puede solicitarse una autorización de residencia por arraigo, o las solicitudes de autorización de residencia como familiar de ciudadano comunitario.