Esta es la normativa para alquilar un inmueble en España

Un contrato de arrendamiento en España está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos, es decir un contrato que estipula la cesión de uso de un inmueble a cambio de una renta mensual, y aquí se recogen el conjunto de normas legales que rigen el mercado de alquiler.

Dentro de los criterios más importantes que establece la LAU a la hora de realizar un contrato de arrendamiento se incluyen:

Duración del contrato

En el apartado de la duración del contrato se incluyen los mínimos y la prórroga. La duración máxima es de 5 años para personas físicas y de 7 años para personas jurídicas y para ambos, la prórroga puede ser de tres años, a excepción de que alguna de las partes manifieste la voluntad de no renovarlo. El inquilino tendrá que hacerlo con mínimo treinta días de antelación a la finalización del contrato.

Importe de la renta

El importe de las renta está limitado por la LAU al IPC y se puede actualizar anualmente en la fecha de firma del contrato.

Limitación de la fianza

El importe de la fianza está limitado a un máximo de tres meses de renta.

Desistimiento por cada una de las partes

El inquilino puede desistir del contrato pasados 6 meses desde la firma, siempre habiéndolo notificado con 30 días de antelación. Si es el propietario quien necesita la vivienda puede recuperarla durante el primer año del contrato pero debe ocuparla en un plazo de tres meses, si no el inquilino podría solicitar una indemnización mensual por cada año de contrato que quedaba por cumplir. Asimismo, el propietario puede rescindir el contrato si se produce impago de la renta o la fianza, si se realizan incumplimiento de normas de convivencia o actividades ilícitas o molestas, por obras sin permiso, subarriendo o uso del inmueble distinto al que se haya establecido en el contrato.

Quién paga qué

De acuerdo a la LAU, el propietario es quien paga los gastos de alta de los suministros, así como costes de mantenimiento o reparación por desgaste de la vivienda, mientras que el inquilino tendría que hacerse cargo de todas las averías provocadas por mal uso o mantenimiento habitual, así como gastos generales de suministros y todo lo que se pacte en el contrato.

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