Puede parecer un simple cambio estético, pero cuando vivimos en una comunidad de propietarios, la fachada forma parte de los elementos comunes del edificio. Y eso limita lo que cada propietario puede modificar individualmente.
En Dr House repasamos las claves:
No es lo mismo conservar que modificar
Una actuación destinada a reparar daños o conservar adecuadamente la fachada no tiene la misma consideración que cambiar voluntariamente su aspecto.
¿Quieres cambiar el color?
Si la intervención altera la estética exterior del edificio, no deberías actuar unilateralmente. Es necesario consultar previamente a la comunidad y obtener el acuerdo que corresponda conforme a la Ley de Propiedad Horizontal.
También afecta a ventanas y otros elementos visibles
Cambiar colores, acabados u otros elementos que modifiquen la imagen exterior puede afectar a la configuración de la fachada, aunque estén vinculados directamente a nuestra vivienda.
¿Y si se trata de una reparación?
Cuando existen grietas, desperfectos u otras necesidades de conservación, la comunidad tiene obligaciones respecto al mantenimiento del inmueble y deberá gestionarse de acuerdo con la normativa aplicable.
𝗘𝗻 𝗿𝗲𝘀𝘂𝗺𝗲𝗻…
Antes de cambiar el aspecto exterior de tu vivienda, consulta los estatutos de la comunidad y plantea la actuación antes de ejecutarla.
Algo tan aparentemente sencillo como escoger otro color puede convertirse en un conflicto si afecta a un elemento común.
En Dr House Immo creemos que conocer estas cuestiones antes de actuar ayuda a propietarios y compradores a tomar decisiones con mayor seguridad.

